Por: Info-Transportes
CIUDAD DE MÉXICO.- A partir del 12 de mayo próximo los contenedores marítimos que se mueven a través de los puertos en tráficos de altura, pagarán una nueva tarifa por el servicio de pesaje en básculas de las terminales así como de las Administraciones Portuarias Integrales (APIs).
El director de Puertos de México, Gaspar Cime, informó a las navieras y agentes económicos involucrados, que autorizó una nueva tarifa de seguridad para el manejo de contenedores llenos, cargados o descargados en tráfico de altura, derivada de la implementación del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias (PBIP, siglas en inglés).
De acuerdo con el oficio 7.-3-1144.- 2021 de la DGP, a partir de ahora la tarifa tendrá vigencia de un año, siempre y cuando se mantenga el entorno económico, además de las condiciones operativas y de seguridad en los puertos y terminales del país.
Fuentes oficiales calcularon que las APIS recibirán aproximadamente unos 136 pesos por cada contenedor que sea pesado en los puertos, cuyo universo es de unos 5.5 millones de unidades anuales y se espera una recaudación total, aproximada a los 60 millones de pesos.
La tarifa se aplicará en puertos y terminales que ofrezcan el servicio de pesaje, que deberán contar con la certificación de la Secretaría de Economía y “auditorías realizadas por el órgano designado”, aunque Cime no detalló qué organismo.
El funcionario explicó en el oficio que los costos con los ajustes correspondientes deberán estar disponibles en las operadoras portuarias como en las APIs.
Consideró además que las inversiones destinadas en equipos deben modernizarse con un mantenimiento continuo, a fin de garantizar la seguridad y protección de las instalaciones portuarias.
Las tarifas autorizadas de seguridad para el manejo de contenedores llenos, derivadas de la implementación del código PBIP, aplicables en los puertos deben ser competitivas a las que se aplican a nivel internacional, apuntó.
Al mismo tiempo, Cime argumentó que por el tiempo que se han mantenido las tarifas sin cambios, es necesaria la revisión y actualización (de los costos), que no fueron precisados en el oficio emitido.